Incluso pasados
mis 20 años de edad, mi conocimiento de la red (internet), era tan escaso como
el intentar explicar la materia oscura del Universo. Sin embargo, el uso de la capacidad
autodidáctica, ha hecho que al menos el mero uso de la red hoy en día 15 años
más tarde, no me origine un miedo a lo desconocido, al menos en su superficie.
Hoy en día, seguramente a cualquier persona menor de 60 años, se le preguntase
que se busca en la wikipedia, inmediatamente su respuesta sería es el
diccionario más conocido de la red (sin entrar en la autenticidad de muchas
búsquedas en la misma). Pues bien, hoy, me detengo en una cuestión que llevaba
días rondándome por la cabeza. El absentismo de la seguridad y la
autoprotección. ¿Y qué esto? Bien. Comencemos su análisis por qué no a través
de la búsqueda a través de la wikipedia qué es el absentismo laboral; tras la
búsqueda, encontramos literalmente que el absentismo laboral es toda aquella
ausencia o abandono del puesto de trabajo y de los deberes ajenos al mismo,
incumpliendo las condiciones establecidas en el contrato de trabajo. En España,
dentro de los acuerdos que se suscriben entre Sindicatos,
Patronal
y Gobierno se define el absentismo laboral, como
toda ausencia de una persona de su puesto de trabajo, en horas que correspondan
a un día laborable, dentro de la jornada legal de trabajo. El absentismo es una
de las cuestiones que más preocupan a las empresas por los problemas
organizativos que suscita y los costes que genera. Y esta definición se
completaría con que existen tres tipos de absentismo: el justificado, el
injustificado, y el presencial. Y seguidamente, para mi punto de vista, existe
un cuarto tipo llamado el absentismo en la seguridad y en la autoprotección,
que podría ser una especificación de la presencial. Para ello explico un
ejemplo de otros tantos que personalmente he vivido…….
Son las 06:30
horas, de un viernes, y me encuentro en el
acceso a unas instalaciones cerradas, con escasa iluminación, a las afueras de
la urbe, y fuera de tránsito de cualquier actividad social, bien polígonos,
urbanizaciones etc. Estoy dentro del vehículo, con las luces de carretera
(comúnmente conocidas como las largas), y a unos 5 metros de donde me encuentro
a mi derecha se encuentra la garita donde debería estar el vigilante de
seguridad separados por una puerta corredera metálica realizada con hierro en
forma de barrotes, que deja ver tanto los exteriores y los interiores de las
instalaciones. El vehículo sigue con las luces largas, por lo que sería
sencillo, la detección de mi presencia, tanto por las luces, como por el motor
del vehículo, que al ser un modelo diesel, tipo usuario, su nivel de ruido es medio
o alto, incrementándose la percepción del mismo, si además en dicha área no
existe actividad cercana.
Han pasado 5
minutos, desde mi llegada. No existe rastro del vigilante de seguridad, salvo
su vehículo particular, que desde mi posición, tengo visión del mismo. Estos 5
minutos, han sido por la deferencia particular, por si el vigilante de
seguridad, en el momento de mi llegada, estaba realizando una ronda de
inspección por las instalaciones, cuyo perímetro para su supervisión, son más
que suficientes los 5 minutos comentados. Ni rastro del vigilante. En mi forma
de analizar, no suelo prejuzgar. Sigo en el mismo sitio con el vehículo, y
acciono varias veces su bocina. Ni rastro del vigilante. Ya han pasado 10
minutos y sigue sin aparecer el vigilante de seguridad. Comienzo a preocuparme.
Apago el motor del vehículo, y salgo del mismo, y durante 1 minuto
aproximadamente, de forma pausada, dejo que mis ojos, comiencen a adaptarse a
la oscuridad reinante, tras apagar las luces encendidas del coche. Del bolsillo
izquierdo de mi pantalón, tras sacar el teléfono móvil, realizo una llamada al
teléfono móvil del servicio de vigilancia, para localizar al vigilante de
seguridad. Tras agudizar el oído, escucho el timbre de la llamada del teléfono
móvil en la propia garita. Segundos más tarde, y tras finalizar la llamada, ni
rastro del vigilante de seguridad. La preocupación va en aumento. Segundos
después, analizo el área, para intentar saltar a las instalaciones, dado que
todos los intentos por encontrar al vigilante de seguridad, habían finalizado
en fracaso, y a sabiendas que seguía su vehículo particular (el cual lo
reconocía que era de él), comenzaba a originarse en mis valoraciones un supuesto
de probabilidad, que el vigilante de seguridad se hubiese accidentado, o bien
se hubiera quedado encerrado al realizar una ronda en alguna parte de la
instalación.
Momentos después
de analizar, por qué zona me ofrecía garantías de no hacerme daño, para pasar
al otro lado del acceso, y por tanto, tras más de 20 minutos de espera, poder estar
dentro de las instalaciones, y comenzar la búsqueda del vigilante, este de
repente salió como si fantasma fuera medio agachado, sin comprender la realidad
de su alrededor, e incluso muy posiblemente fuera de cobertura su parte
cognitiva de lo que realmente estaba sucediendo, desde la propia garita antes
comentada. ¿Qué estaba haciendo el vigilante de seguridad? ¿Cómo no pudo
durante 20 minutos, escuchar el ruido del motor del coche, las luces de
carretera del coche, su bocina, la llamada al teléfono móvil asignado al
servicio de vigilancia?
Minutos más
tarde, el vigilante de seguridad admitió su torpeza de haberse metido en el
cuarto de las taquillas de la garita donde dejan sus enseres personales, y se tumbó
a dormir. Y solamente se dio cuenta de qué algo sucedía fuera cuando se
despertó por que había soñado que sonaba su teléfono móvil, y por eso cuando
abrió un ojo, observó mi llamada, y por ese motivo, se asomó desde la garita
medio agachado todavía rezando por que estuviese soñando.
Esta
historia real, cuenta con las características esenciales para explicar el
absentismo de la seguridad y de la autoprotección, cuyo primer acercamiento a
una definición sería la siguiente: ausencia y omisión de los mecanismos de
prevención, reacción y defensa, que tiene encomendada una persona cuyas
obligaciones son la salvaguarda y la protección de bienes jurídicos protegidos,
así como la ausencia de la realización de todo deber de cuidado por dichos
bienes y por la protección de su integridad física e incluso de su propia vida.
La definición
comentada, no solo recae en el derecho que tiene un empresario por sancionar
comportamientos graves de un trabajador. Si no la reacción en cadena que dicho
comportamiento lleva implícito en el mismo. Para la comprensión de la
definición, no entro a analizar, ni a valorar, ni cuestionar subjetivamente por
qué ese comportamiento se ha originado por parte del vigilante de seguridad, si
no más bien enfoco el análisis a través de ciencias, que puedan responder y
ofrecernos qué tipos de consecuencias pueden dar lugar, detrás de este fenómeno
de absentismo, de manera corta y sencilla.
En primer lugar
en la esfera de la Criminología, ciencia interdisciplinar empírica (que estudia
la realidad), que estudia el delito, el delincuente, la víctima, y su entorno
social. Si esta ciencia, nos ofrece a través de sus teorías que la delincuencia
se mueve, vive y se desarrolla a través de los principios de la oportunidad, la
motivación del delincuente, y del principio de los medios de la capacidad, nos
da como resultado de la escala del 1 al 10, un 10 de que se origine una acción
delictiva contra los intereses protegidos, y en el ejemplo comentado, la fácil
actuación, así como la fácil acción lesiva con escasa probabilidad de defensa
por parte del vigilante de seguridad, dado que este favorecía por su
absentismo, dicha probabilidad que de facto era elevada en sí misma, por la
ubicación de las instalaciones y por su nivel de iluminación así como por su
actividad.
Por parte de la
sociología, ciencia que estudia el contexto social (definición muy resumida),
puede darnos a entender cómo el absentismo de la seguridad y la autoprotección,
en la detección no solo de los mecanismos de inspección de un empresario, si no
por la detección de la sociedad de ejemplos comentados anteriormente, da como
resultado, la disminución de la credibilidad de servicios de seguridad, y
procrea la dificultad del desarrollo económico, social y político de dichos
servicios.
Por último, en
la cuestión laboral, el absentismo de la seguridad y la autoprotección, crea
escenarios de aumento de costes, bien por la detección de estos absentismos,
que deban al empresario tomar mayores medidas de inspección y supervisión,
rotación de plantillas, pérdidas intrínsecas que se generan en el personal de
seguridad a través de su experiencia, bien por quejas formuladas por los
usuarios de los servicios de seguridad, bien por el coste de reparar
responsabilidades civiles por la negligencia grave por parte de un vigilante de
seguridad, etc.
Concluyendo, y
tras el análisis de este absentismo a través de la Criminología, la Sociología,
y el poder del empresario, concluyo con la siguiente definición de absentismo
de la seguridad y de la autoprotección:
-
ausencia y omisión de los mecanismos de
prevención, reacción y defensa ante los fenómenos criminógenos y los fenómenos
sociales, por el cual tiene previamente encomendada una persona, cuyas
obligaciones son la salvaguarda y la protección de bienes jurídicos protegidos,
así como la ausencia de la realización de todo deber de cuidado por dichos
bienes y por la protección de su integridad física e incluso de su propia vida,
tras la adquisición de dichas obligaciones por su condición de garante bien por
su condición social, laboral o por requisitos legales adquiridos para el desarrollo
de una actividad cuyo núcleo es la seguridad.
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